La vida en la tierra recibida exige proteger la vida humana
La nueva sección sitúa las ciudades de refugio dentro del establecimiento de Israel. La herencia debe organizarse de modo que una muerte accidental no produzca otra muerte injusta.
Explicación del versículo
La frase comienza una condición que se completa en el versículo 2. Después de desposeer a las naciones y habitar sus ciudades, el pueblo debe apartar lugares de refugio.
La referencia a ciudades y casas vuelve concreta la vida futura. Israel tendrá poblaciones habitadas y un territorio distribuido; esa organización debe incluir responsabilidades de justicia, además de vivienda y producción.
La conquista se presenta como acción de Jehová dentro de la historia particular de Israel. El mandato que sigue regula el trato entre quienes habitarán la tierra, especialmente cuando una persona cause sin intención la muerte de otra.
La provisión anunciada anteriormente
Números 35:9–15 ya había ordenado designar ciudades de refugio al cruzar el Jordán y distinguido los lugares a ambos lados del río. Deuteronomio desarrolla ahora su distribución y la necesidad de que sean accesibles.
El propósito se explicará en el versículo 10: evitar sangre inocente y culpa de sangre. La tierra dada por Dios no debe convertirse en un espacio donde la fuerza o la ira de una familia sustituyan el juicio sobre lo ocurrido.
El pasaje invita a leer la herencia junto con los deberes que la acompañan. Recibir una población implica también organizar condiciones para que se conserve la justicia dentro de ella.
Texto relacionado: Números 35:9–28.